martes, 29 de junio de 2021

Filosofía del Derecho y del Estado: el Leviatán.

 



Marco histórico de la filosofía

 

    Iniciemos nuestro ensayo  haciendo un recorrido histórico de la filosofía; es decir, que la filosofía como ciencia universal comprende la totalidad del saber y, en consecuencia, lo referente a la génesis del estado, la justicia, el derecho, la ley, etcétera; por lo que es evidente que las reflexiones sobre el tópico de que nos ocupamos encuentran su desarrollo, su devenir; esto es, su dialéctica, dentro de la historia de las ideas; empero, dentro de la filosofía.

    En otras palabras, el origen de la ciencia y del saber humano se da en el seno de la filosofía y esta ha transitado o ha sido concebida como  metafísica o, y primera filosofía (Aristóteles); como dialéctica y cuyo método es el diálogo y las ideas (Platón); la filosofía es lo real, lo que se pone así mismo, y constituye lo positivo y su verdad (Hegel); la filosofía es una ciencia universal y madre de otras ciencias, es conocimiento adquirido por la razón, los efectos de los fenómenos a partir de sus efectos y causas (Bacon, Hobbes, Comte, Spencer); fuera de la experiencia no hay conocimiento, pues este proviene de ésta (John Locke, Hume, Hobbes);  el ser de las cosas es la vivencia que tenemos de ellas, lo que no percibo no existe (Berkeley); la filosofía es el intento de la razón por conocerse a sí misma, a la vista de sus realizaciones (Kant); la filosofía es una filosofía de la acción, es praxis social, y expresa determinados intereses de clase (K. Marx); la filosofía es una filosofía de la crisis y nos muestra la problemática de una época; es un modo de ser en el mundo, y el hombre se crea así mismo en su libertad (Kierkegaard, Husserl, Bergson, Nietzsche, Sartre,  Dilthey, Heidegger, Jaspers, Marcel); la filosofía es un análisis del lenguaje (Bertrand Russell, Alfred North Whitehead, G. E. Moore, Lundwig Wittgenstein, J. L. Austin, etc.); la filosofía es una filosofía social o, y critica  (Habermas, Marcuse, Adorno, Horkheimer, Freud, etc.)

    Hay que hacer notar que  en este recuento histórico, se ubica precisamente a Thomas Hobbes dentro de los empiristas; y se puede considerar su pensamiento como meramente mecanicista y natural, ya que Hobbes nos explica los fenómenos de un modo casual y mecánico; los procesos psíquicos entonces tienen un fundamento material.

 

Del Estado de naturaleza al contrato social

 

    El Estado o Leviatán de Hobbes tiene su génesis en la tesis de que,

el  hombre se encuentra en un estado de naturaleza, obra con arreglo a su manera de ser natural, se comporta dejándose llevar de sus apetitos, de sus instintos, de su egoísmo, etc. Todos los hombres en estado de naturaleza, sienten la voluntad de atentar unos contra otros, sienten temor de los demás, existe un estado de desconfianza de todos contra todos. Bellum omnium in omnes (Madrid, 2012:138)

    En otras palabras, las ideas de Thomas Hobbes parten de una condición primitiva en que no había gobierno alguno; esto es, un estado de naturaleza en el que se vivía con miedo y ansiedad; en consecuencia era una situación de guerra ya que o se buscaba proteger lo propio o se deseaba tener las posesiones de otro, o bien, se buscaba tener fama; y es obvio que este estado de guerra no era sólo entre los individuos, sino que se extendía por igual a otras naciones; empero, era un clima de desconfianza y competencia.

    Por otro lado Hobbes no creía en el altruismo natural, pues consideraba al ser humano en su rapacidad humana y siempre dispuesto a una guerra de todos contra todos; era empujado por su apetito natural e irracional de dominio o, y de honor; en este tenor la felicidad se gestaba en el orgullo, la ambición y la vanidad como motor; había que hacerse temer o estimar por los otros; convencerlos a la fuerza o por el miedo a la muerte; en consecuencia, este es el argumento y de ahí la concepción de su Estado o, y Leviatán.

Su teoría entera de la gobernación civil, (y) en relación con la crisis política resultante de la guerra (es el Leviatán); un monstruo de traza bíblica, integrado por los seres humanos,  (y) dotado de una vida cuyo origen brota de la razón humana;  pero que bajo la presión de las circunstancias y necesidad decae, por obra de las pasiones en guerra civil y en la desintegración que es la muerte. El hombre debe salir del estado de naturaleza, que no es un estado jurídico, al estado legal, consciente a someterse a la voluntad privada, natural y particular, a la voluntad general, la cual no es, sin embargo, la voluntad de todos, sino la del monarca, quien no es responsable ante los individuos, ya que su voluntad va dirigida contra la privada de éstos, y todos deben obedecerla. Mediante un convenio o pacto cada uno transfiere su derecho al Estado y el soberano representa esa fuerza constituida por convenio. La soberanía no es obra de la razón sino de la voluntad, es el espíritu del Estado, el que así constituido es absoluto (Madrid, 2012:139)

    A consecuencia de la cita anterior, nos damos cuenta de manera precisa de la tesis y los argumentos por los que nace El Estado absolutista  hobbesiano, que amparado en la gobernabilidad civil,  que  a su vez nace de esa crisis, de esa condición natural humana y de una guerra de todos contra todos; hace necesaria la búsqueda del orden y la paz; y que no es otra que una Ley Natural; esto es, una obligatoriedad para la ayuda mutua, es decir, un poder soberano que motive su observancia; y es precisamente así que surge el Estado y el poder del soberano.

    Vale la pena en este momento detallar algunos aspectos sobre el derecho de naturaleza, jus naturale, y de la ley natural como la describe el mismo Thomas Hobbes en el Leviatán:

Es la libertad que cada hombre tiene de usar su propio poder como quiera, para la conservación de su propia naturaleza, es decir, de su propia vida; y por consiguiente, para hacer todo aquello que su propio juicio y razón considere como los medios más aptos para lograr ese fin.

Qué es la libertad. Por LIBERTAD se entiende, de acuerdo con el significado propio de la palabra, la ausencia de impedimentos externos, impedimentos que con frecuencia reducen parte del poder que un hombre tiene de hacer lo que quiere; pero no pueden impedirle que use el poder que le resta, de acuerdo con lo que su juicio y razón le dicten.

Ley de naturaleza (lex naturalis) es un precepto o norma general, establecida por la razón, en virtud de la cual se prohíbe a un hombre hacer lo que puede destruir su vida o privarle de los medios de conservarla; o bien, omitir aquello mediante lo cual piensa que pueda quedar su vida mejor preservada. Aunque quienes se ocupan de estas cuestiones acostumbran confundir ius y lex, derecho y ley, precisa distinguir esos términos, porque el DERECHO consiste en la libertad de hacer o de omitir, mientras que la LEY determina y obliga a una de esas dos cosas. Así, la ley y el derecho difieren tanto como la obligación y la libertad, que son incompatibles cuando se refieren a una misma materia (Hobbes op. Cit pág 101)

    Así pues, es más que claro que desde este enfoque, la ley fundamental de la naturaleza es una condición de guerra de todos contra todos, en donde cada cual está gobernado por su propia razón, y en consecuencia no existe nada de lo que no pueda hacer uso, o que utilice como arma para protegerse contra el enemigo; empero, cada hombre tendría el derecho de hacer lo que le venga en gana, y por lo tanto no puede haber seguridad en su vida y bienes.

    Dicho de otra manera, los hombres se esforzarían por la paz mientras haya esperanza de lograrla (derecho natural); y cuando no sea posible debe hacer la guerra; de aquí la primera, segunda y tercera ley natural de Hobbes: 1) buscar la paz y seguirla; 2) defendernos por todos los medios posibles y si no,  hacer la guerra; y, 3) que los hombres cumplan los pactos que han celebrado (la justicia).

    La idea central es, que para que haya justicia hay que hacer un pacto; esto es, un convenio artificial, para que por medio de éste se elija un poder común, un poder que mantenga a raya esas pasiones humanas, y que vea por el beneficio colectivo; así Hobbes mediante este pacto nos dice, que se autoriza o transfiere a un soberano o, y asamblea el derecho de “gobernarse así mismo”, con la condición de que los otros transfieran ese mismo derecho y autoricen todos sus actos de la misma manera; así la multitud unida, conforma un Estado.

 

Del Estado civil al Estado Absoluto

 

    Hay que destacar lo siguiente, Hobbes pertenece a los pensadores denominados iusnaturalista; esto es, que parten del Estado de naturaleza o, y de la ley natural para explicar el surgimiento del Estado moderno,  la cuestión es saber si en realidad hay un momento histórico en el que fue erigido el primer Estado; y como ya se ha visto, cuáles fueron las condiciones que dieron lugar a este hecho político; es más que obvio que antes de constituirse cualquier tipo de Estado el hombre vivía en un estado de naturaleza en que privaba la ley del más fuerte;  o, sería en cambio correcto decir que, la sociedad civil es una condición natural de los hombres; cómo se ha formado el Estado moderno.

    Este tipo de problemas son propios de la filosofía como ciencia universal o, y como ciencia de un saber totalizador; como una madre de otras ciencias (entre éstas la política) que por medio de la razón explica los fenómenos (en este caso políticos) a partir de sus efectos y causas; como una ciencia que parte de la experiencia; que se pregunta por los alcances de la razón y sus límites; que es una praxis social y expresa los intereses de una clase; que muestra la problemática de una época y el modo de ser en el mundo; que es un análisis del lenguaje; y por último, que es una filosofía social o crítica del mundo contemporáneo.

    Sin duda, cada época y horizonte filosófico se han preguntado sobre el tópico de que nos ocupamos ahora; Platón (La República), Aristóteles (Las Política), Maquiavelo (El Príncipe); Tomás de Aquino (La Suma Teológica); James Madison (El Federalista); Thomas Hobbes); Etcétera, se han ocupado de una u otra forma del tema; el Estado, la justicia, el gobierno civil; el Derecho y la legislación, etcétera.

    Reconozco que, ese pacto natural del que nos habla Thomas Hobbes tiene como necesidad que se cumpla,  y así se llegue a la justicia y existencia de la ley; y cabe mencionar que esa ley natural se refiere a lo que hoy denominamos “derechos inalienables”; esto es,  aquellos  que no se pueden enajenar ni transferir, como el derecho a la vida y a la conservación de esta.

    Ahora bien, si hacemos una analogía entre Hobbes y Aristóteles vemos que el Estado aristocrático griego, y el estado absolutista hobbesiano, se originan en una necesidad natural del hombre; y en consecuencia, son una institución voluntaria, sea esta en beneficio de una aristocracia, o de un sistema monárquico absoluto.  Así mismo se observaría, que en ambos Estados no hay ley que juzgue al gobernante o soberano.

    En efecto, estaatribución que se confiere a un solo hombre o autoridad soberana, utiliza tanto poder y fuerza, que es capaz de inspirar terror, y en consecuencia conformar las voluntades en pro a la paz; las leyes entonces, serán un mandato del soberano; y el soberano es el único legislador y juez, pues las hace y las revoca; obliga a que se obedezcan; y como se ve, el Derecho es producto de la voluntad de un soberano absoluto.

 

 

 

Consideraciones finales

 

    Recapitulando, la filosofía es el saber más humano y en consecuencia se ha ocupado de todo lo referente, al animal social o, y político (Aristóteles); esto es, al estudio de las relaciones de dominación entre los hombres; por otro lado, el ser de los asuntos políticos es la vivencia que tenemos de éstos o, y se tiene el ideal de un Estado perfecto (Aristóteles-Platón); o, la filosofía puede ser una praxis social que transforme nuestra sociedad (K. Marx); podemos reflexionar sobre el momento actual que nos toca vivir y nuestro ser en el mundo, sobre una época critica, y no solo de la filosofía; o, hacer de la filosofía una filosofía social y hacer una crítica, en fin…; la filosofía es un horizonte de despertar no solo espiritual, sino que se asiste así mismo de la razón. Y en nuestro caso, Hobbes se ubica en el pensamiento empirista, y se puede considerar a su pensamiento como meramente mecanicista y natural.

    Ahora bien y volviendo al tópico central, hay argumentos lógicos que sustentan la tesis del origen del estado iusnaturalista; y en lo particular, del Estado o Levitán de Thomas Hobbes; su fundamento en un Estado de naturaleza y en sus tres leyes naturales; a saber y empero: 1) buscar la paz y seguirla; 2) defendernos por todos los medios posibles y si no,  hacer la guerra; y, 3) que los hombres cumplan los pactos que han celebrado (la justicia).

     Sin embargo, el costo de salir de ese Estado de naturaleza fue muy alto; pues la sociedad civil cae entonces; en un sistema político autoritario, o y autocrático, del dominio de un solo hombre: el Rey; un sistema político que durante mil año sojuzgo a las masas trabajadoras; es posible que aún con las revoluciones ilustradas y el nacimiento de las Repúblicas representativas ilustradas, y su lema de “libertad, fraternidad y progreso” ; todo ello sea una utopía o peor aún, un mito; no veo claro, que hoy en la posmodernidad o, y postmodernidad, nuestros sistemas políticos o y jurídicos y de Derecho, hayan alcanzado a ese ideal de justicia.

   

Bibliografía y referencias

 

Hobbes Thomas. El Leviatán.

 

Madrid Espinoza Alonso. Introducción a la Filosofía del Derecho. Ediciones Coyoacán. México, 2012.  

 


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